La gestión de residuos es un campo regulado por varios estamentos internacionales, nacionales y autonómicos:
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En el ámbito europeo, la directiva que establece como se tienen que gestionar los residuos en los países miembro es la Directiva marco de residuos. Esta directiva, entre otras cuestiones, establece que se tiene que tratar el 100% de los residuos, de acuerdo con la siguiente jerarquía de gestión:

- En el Estado español, la legislación básica sobre residuos es la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que traspone la Directiva 2008/98/CE. Esta ley, entre otras cuestiones, prescribe que los productores de residuos tienen que hacerse cargo de la gestión a través de dos opciones: participando en un sistema integrado de gestión (SIG) o aportando el coste de la gestión a los sistemas públicos.
- El II Plan nacional integrado de residuos 2008-2015 (II PNIR), aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros del 26 de septiembre del 2008. Este plan recoge los objetivos de prevención, reciclaje, otras formas de valorización y eliminación de residuos, y los medios para conseguirlos.
- También es importante el Decreto legislativo 1/2009 de 21 de julio, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora del residuos, modificada por la Ley 9/2011 de promoción de la actividad económica, del 29 de diciembre.
- Cataluña tiene planes propios en materia de residuos, donde se recoge cómo tiene que ser el sistema de gestión de residuos municipales y se coordinan las actuaciones de las administraciones locales que hacen la recogida y el tratamiento.
Los planes y programas de residuos se basan en la jerarquía europea y en principios como potenciar el consumo sostenible y la reducción de residuos, aplicar medidas de prevención, implantar la recogida selectiva de orgánica en todo Cataluña, incrementar la eficiencia en la recogida selectiva, tratar la fracción resto (todo aquello que no se recoge selectivamente) y reducir el desplazamiento de residuos reordenando los flujos actuales.